abejas y peces

Abejas y peces

Las Abejas y peces, las palomas y los conejos están regulados en el Código Civil español. Este súper libro fue promulgado en 1889 y, con modificaciones importantes en 1975 (eliminando misteriosas limitaciones a la capacidad de obrar de la mujer- que se lo digan a mi madre- para vender sus bienes sin la firma del esposo), en 1978 (mayoría de edad a los 18 años) 1981 (divorcio), 1990, 2005 y 2015 (eliminación causas de divorcios, matrimonio de personas del mismo sexo y la adopción de niños por tales parejas, etc…) sigue vigente.

Es un texto muy interesante, se lo digo yo con la ayuda de wikipedia. Sus 1976 artículos (ahí es nada…) consideran que sólo son posibles objetos del Derecho las personas, las cosas y las acciones. Habla de tesoros, de abejas, del fundo ajeno (los problemas de Derecho Romano entre Ticio y Cayo), de derecho mercantil, de cómo adquirir o transmitir cosas y derechos, contratos de compraventa, de la herencia, donaciones, derecho a pasar por sitios, casarse, votar… Habla de todo. De todo lo importante en su día a día, ya que las “adquisiciones hostiles de accionistas sobre las acciones de su empresa” no las tenemos todos en el orden del día.

Como ven, lo absolutamente vital y diario de la vida se va regulando, a regañadientes y conforme la humanidad avanza, con un texto que tiene más de 125 años. Y como los tiempos avanzan que es una barbaridad, nuestro querido texto está más anciano que una uva pasa abandonada un siglo en un granero. Aprovechando este hueco, y como parche en goma de llanta de bicicleta, sólo las sentencias de nuestro Supremo Tribunal y lo que opinan importantes y doctos letrados consiguen ir modificando su significado, por lo menos en lo aplicable al día a día.

Me imagino la cara del primer juez cuando un matrimonio de dos hombres o dos mujeres instara un expediente matrimonial o la adopción de un niño. O aquel que viera cómo un marido, allá por 1981, pidiera la casa o la custodia de sus hijos para él. Por otro lado, habría que ver su cara cuando se les pedía juzgar una cláusula suelo mal resuelta o con que, al darnos 250 mil euros en 2005 sin muchas preguntas, reclamemos que nos hayan cargado gastos de inscribir dicha hipoteca en el Registro de la Propiedad. La respuesta a todo: el código civil, el dolo y el error.

Abejas y peces

Las cosas de casa son el día a día. Son urgentes, y no pueden sufrir espera. En materia de Familia, custodia, uso del domicilio y reparto de bienes seguimos anclados en un siglo anterior. Casi a finales de 2017, fecha de este escrito, cuando acudimos a un juzgado de Familia y alegamos el interés del menor en defensa de lo que nuestro cliente quiere, nos adentramos en un proceloso océano de contingencias y resultados inciertos. Una sonrisa se nos dibuja si los clientes quieren también acumular a su demanda una extinción de un condominio (vamos, que uno y otro se quede una casa comprada antes de casarse o en separación de bienes) Se nos escapa una carcajada si nuestro cliente quiere llevar su liquidación de gananciales también al mismo asunto y le avisamos de dos o tres años de lucha sin cuartel en caso de no existir acuerdo. Primero habrá que inventariar y luego liquidar con un contador partidor. Ya les contaría yo en otro artículo, ya.

Y sólo hay un motivo: la ley que regularía esto está obsoleta. Yo aún diría más, está antigua, caducada, trasnochada, vieja, arcaica, vetusta, añeja, anticuada, añosa, veterana y cuantos otros sinónimos se les ocurran si quedara o quedase alguno por poner. Cada cosa va por su lado y sin articulado concreto y cierto. Caso a caso, como se suele decir. Verdaderamente, aquí si vale escuchar lo que a su vecino del 5 o al del bar le ha pasado en un Juzgado, porque a cada uno le ha ido de una forma diferente. Aterroriza, mucho más que ver a la niña de Ring salir de la TV, escuchar la historia de cada relato de un mal divorcio. Por esto el salvaje intento de acuerdo previo de nuestros jueces y magistrados antes de poner la cámara a grabar.

Abejas y peces. ¿Sabe de quién son las abejas? ¿Realmente, lo sabe? ¿Del que tiene el panal de rica miel o del que las recibe en su finca y donde liban en sus flores o beben agua? Y las palomas o los peces ¿del que los atrapa? Ay, tróspido lector, si es que nada como leer los artículos 612 y 613 del Código Civil, créanme. Ahora se los inserto pero ¿de quién son los hijos en un divorcio? ¿de quién es la casa? ¿los niños son de la tribu? ¿de quién es el patrimonio común, del que lo ha parido, construido, mimado, cuidado? Podría seguir con dudas existenciales hasta nochevieja.

Me permito, con mucha burla y mucha sorna, reclamar un cambio legislativo. Pero ya. Urgente pues nuestro querido código civil no dice nada concreto y deja todo a la exposición de su buen abogado, a que el Ministerio Fiscal y el Juez interprete lo que Ud. documenta, y a lo que el abogado contrario estime decir, contestar y probar. Tremendo es el caso también de las empresas familiares que literalmente se rompen por pertenecer cada cosa a cada uno, o a familiares de cada uno. Un drama, se lo digo yo.

Y no me malinterpreten, yendo al tema, pues no quiero confundir a un niño con una abeja o con un pez. Faltaría, ya que los primeros zumban y pican, y las abejas vuelan y los peces nadan. Pero es curioso ver cómo el Código quita contenido sentimental a las cosas y regula mejor los contenciosos sobre abejas y peces, palomas y conejos, que se resuelven objetivamente. Así, el propietario de un enjambre de abejas tendrá derecho a perseguirlo sobre el fundo ajeno, indemnizando al poseedor de éste el daño causado. Si estuviere cercado, necesitará el consentimiento del dueño para penetrar en él. Cuando el propietario no haya perseguido, o cese de perseguir el enjambre dos días consecutivos, podrá el poseedor de la finca ocuparlo o retenerlo. En cuanto a palomas, conejos y peces, que “de su respectivo criadero pasaren a otro perteneciente a distinto dueño, serán propiedad de éste, siempre que no hayan sido atraídos por medio de algún artificio o fraude.”

Les suena la historia ¿verdad?

abejas y peces
abejas y peces

Pues los litigios o pleitos que tienen como objeto a menores se juzgan con “el interés del menor” (favor filii en latín) Imaginen lo que da de sí esta frase, y lo que puede interpretar un juez de Gerona, otro de Sevilla, uno de Madrid y otro de Alicante, La Coruña o Cáceres. Luego estará lo que les resuelvan en apelación los Magistrados de cada Audiencia Provincial. Finalmente, esperaremos al Supremo, que nos cambia la Jurisprudencia según le van llegando los casos. Lo mejor, que cada Comunidad Autónoma puede tener una ley distinta, como si un niño andaluz fuera diferente a uno catalán o uno alicantino diferente de un castellano. Tremendo y terrible.

Mientras, en la Aldea de los Galos, los políticos TIEMBLAN a la hora de plantear una reforma seria sobre Derecho de Familia, custodia y reparto del patrimonio familiar. Tanta tontería de ser políticamente correcto con todo está acabando con la sociedad. Sinceramente, están tan lejos del día a día de un despacho y de las necesidades de las personas que es aterrador. Eso sí, se inventan la Mediación familiar para desatascar Juzgados de Primera Instancia, pero no le dan medios ni dinero, ni la obligan. Por otro lado, nos mezclan problemas penales en las custodias, lo lían todo y nos dejan en un limbo, más bien un purgatorio que no llegan a imaginarse el calado que tiene. Ahora, viendo que los bancos pueden tener problemas y que “mola” ponerse con el tema, les ponen juzgados especializados en cláusulas suelo.

Abejas y peces

Si las cosas siguen así, el divorcio o la separación seguirá siendo una guerra de vencedor y vencido, donde el ganador, desde el Castillo (la casa) someterá al vencido a castigos morales (custodia) y económicos (ríanse del diezmo y de la alcabala) propios de un cuadro de El Bosco. Los despachos de abogados tenemos clientes viviendo en coches, o de prestado, pagando la hipoteca de una vivienda que usa su ex y su nueva pareja; clientes en tratamiento psicológico por no poder ver a unos hijos absolutamente alienados por el otro; niños yendo al psicólogo con sólo 10 años; pagando pensión compensatoria y de elevados alimentos cuando el ex no hace nada por trabajar; clientes limpiando escaleras de Comunidades porque no hemos logrado probar el dinero que gana su ex, que vive a todo tren, etc etc etc. La casuística es un abanico enorme y créanme que no es cuestión de sexos sino de mezquindad humana y supervivencia. Los bancos, todo hay que decirlo, no les sacan de avalistas (ellos no vienen de testigos a un juicio) y la guerra se recrudece en este frente también.

Que el divorcio o la separación es una crisis, está claro. Que es duro en lo personal, está claro. Pero crisis dicen los chinos que es oportunidad. Oportunidad de comenzar a vivir la poca vida que queda hasta irnos a otro lugar que dicen existe. Pero que no haya una jurisdicción rápida, inmediata, que resuelva estos casos y ponga las cosas en su sitio de forma urgente es algo absolutamente INCONSTITUCIONAL.

Ya sabe lo que decimos en nuestro despacho: La justicia no existe, así que búsquese un buen abogado. Y, añadimos en este artículo:  que sepa de derecho de menores, abejas y peces, de palomas, de patrimonio, de inventarios, de impuestos, de herencias y demás lindezas de Derecho Civil.

Javier Beltrán-Domenech
www.javierbeltranabogados.com
www.divorcios-alicante.es
www.herencias-alicante.es

Javier Beltrán-Domenech
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