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Auge de la compensatoria

Auge de la compensatoria

El Tribunal Supremo, en una reciente sentencia de gran relevancia, ha reafirmado el auge de la pensión compensatoria, incluso en aquellos casos en los que el ex cónyuge beneficiario tenga la capacidad de trabajar. Este pronunciamiento es un recordatorio de la finalidad esencial de dicha pensión: corregir el desequilibrio económico que surge con la separación o el divorcio, tal como dispone el artículo 97 del Código Civil.

Nos vemos en el Juzgado

Nos vemos en el Juzgado

No se olviden que un divorcio mal planteado o mal dirigido rompe una estructura familiar y provoca que ahora sean precisas dos economías, dos coches, dos tabletas, dos uniformes, dos casas, con hipotecas o alquileres, y que el ritmo y nivel de vida de todos se vaya “al carajo”. Los clientes tienen que verlo, por encima de todo, lo antes posible.

No es pais para mediación

No es país para mediación

Es un hecho objetivo que “los españoles” no se ponen de acuerdo en nada. Para muestra, las “autonomías”. Esto es de locos y a nivel legislativo y de idiomas ni les cuento. Aquí no hay quien se sepa si una ley se aplica, o se ha modificado, de lo cambiante que es. Tampoco es un país que cumpla voluntariamente con el fisco, por motivos históricos supongo, ni que acate voluntariamente leyes ni órdenes;