Aviso falso de bomba

Aviso Falso de Bomba

Nos encontramos con que, hace sólo unas horas, la Policía ha detenido a tres personas en Alicante, Valencia y Castellón por difundir un aviso falso de bomba, obligando a desalojar un centro de salud, la sede de una ONG y un autobús urbano. Un aviso falso de bomba puede desencadenar una serie de respuestas gravísimas como la evacuación de edificios, la movilización de unidades de policía, bomberos y servicios médicos, así como la creación de un ambiente de miedo y ansiedad entre la población que se agrava mucho cuando se llegan a  movilizan recursos de intervención que se precisaban en situaciones de verdadera emergencia.

Javier Beltrán-Domenech
Javier Beltrán-Domenech

Aviso Falso de Bomba

Por Javier Beltrán-Domenech.

Los avisos falsos de bombas afectan a la seguridad y la paz, perturbando la vida cotidiana de los ciudadanos por lo que, desde siempre, el Código Penal español establece consecuencias legales para quienes realizan avisos falsos de bombas o situaciones similares.  Además, en la Comunidad Valenciana se ha adoptado una legislación específica para sancionar este tipo de conducta. Vamos a ver en detalle la responsabilidad de quienes realizan estos actos, el marco legal aplicable y las consecuencias de sus acciones, haciendo hincapié en la importancia de prevenirlos.

Aviso Falso de Bomba

El Código Penal español contempla, dentro de la rúbrica general “De los desórdenes públicos”, conductas que pueden dar lugar a responsabilidades penales, independientemente de si se trata de actos jocosos o bromas de mal gusto.

Entre estas conductas se incluye la realización de llamadas falsas que anuncian la colocación de un artefacto explosivo o situaciones de emergencia similares. El artículo 561 del Código Penal establece que: “Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses.”

Aviso Falso de Bomba

Es importante resaltar que con la última reforma del Código Penal se eliminó el requisito de “ánimo de atentar contra la paz pública” de la redacción anterior del artículo 561. Esto significa que la intención maliciosa ya no es un requisito para cometer el delito. Ahora, basta con que la acción provoque la movilización de los servicios de emergencia para que sea considerada un delito. Esta modificación amplía la cobertura legal y refuerza la necesidad de prevenir estos actos irresponsables de Aviso Falso de Bomba.

Y mucho ojo con sus hijos menores, que suelen ser los que hacen el Aviso Falso de Bomba cuando hay exámenes. Es importante recordar que los menores de catorce años no son responsables penalmente de sus acciones en el marco de la Ley 5/2000 de Responsabilidad Penal de los Menores. Sin embargo, los menores mayores de catorce años y menores de dieciocho pueden ser considerados penalmente responsables por cometer delitos. En estos casos, los Jueces de Menores son competentes para conocer de los hechos y determinar las responsabilidades civiles derivadas de las acciones cometidas por estos menores. La ley establece un marco legal específico para tratar a los menores infractores y busca su rehabilitación y reinserción en la sociedad pero… ¿adivinan quién paga las multas, verdad? Pues eso, los padres.

Aviso falso de bomba
Aviso falso de bomba

La Comunidad Valenciana ha adoptado medidas adicionales para prevenir y sancionar los avisos falsos de bomba y otras conductas similares que perturben la seguridad pública. La Ley 13/2010 de Protección Civil y Gestión de Emergencias establece que las llamadas falsas, abusivas, insultantes, amenazadoras o jocosas al teléfono de emergencias “1.1.2 Comunidad Valenciana” constituyen una infracción administrativa. Sin embargo, en casos graves, estas llamadas pueden también dar lugar a responsabilidad penal si provocan una deficiente atención de otros avisos reales de emergencia.

La legislación en la Comunidad Valenciana clasifica las infracciones en muy graves, graves y leves, y sanciona las conductas como realizar llamadas abusivas, insultantes, amenazadoras o jocosas al teléfono de emergencias o realizar avisos falsos de urgencia. Las sanciones pueden incluir multas considerables, que oscilan desde 6,000 euros hasta 600,000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción. Además de las multas, la ley establece la posibilidad de que los infractores deban abonar una indemnización por los costes que haya supuesto la movilización de los recursos de los servicios esenciales de intervención. Y ahí sí que pica en el bolsillo. El procedimiento sancionador se lleva a cabo de acuerdo con los principios y el procedimiento establecido en la legislación, teniendo en cuenta factores como la gravedad de la situación de emergencia provocada, la cantidad de recursos movilizados y el riesgo para los servicios de intervención.

Pues nada más que decir y… si un descendiente suyo se ha atrevido, pues llámenos al Despacho y seguro que podemos hacer algo… ya saben… somos abogados y sabemos lo que hacemos desde 1995.

www.javierbeltranabogados.com

Javier Beltrán-Domenech
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