Quién se apunta al ERTE

Una de las palabras que no paramos de escuchar estos días en todos los medios de comunicación es el término ERTE (Expediente de Regulación de Empleo Temporal). Según el Estatuto de los Trabajadores, para que se produzca un ERTE se debe atender a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción pero… quién se apunta al ERTE.

Por Lola Sánchez Rubio.

¿Quién se apunta al ERTE?

Existe un procedimiento a seguir para que el ERTE pueda ser ejecutado correctamente y atendiendo a los diferentes criterios que la ley nos indica. En primer lugar, el empresario debe comunicarlo a la autoridad competente y posteriormente se establecerá un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores que puede tener una duración entre 7 y 15 días. Dentro de éste periodo ambas partes tendrán que negociar las condiciones de la suspensión así como los puestos que van a ser afectados.

Quién se apunta al ERTE

En estos días, y alegando causa de fuerza mayor debido a la crisis del coronavirus y el decreto de Estado de Alarma en España, el procedimiento de actuación que están llevando a cabo las empresas es muy diferente. Se suprime el período de consultas, se comunica la intención de realizar un ERTE tanto a los empleados como a los representantes sindicales y posteriormente es la Autoridad Laboral la que debe constatar si efectivamente existen causas de fuerza mayor para llevar a cabo el famoso ERTE en un plazo establecido de cinco días.
Existen dos tipos de ERTE. Uno de ellos se produce con la suspensión de contratos y el otro con la reducción de jornada laboral. Por lo general, el ERTE está afectando a casi la totalidad de los empleados de las empresas, sobre todo en las PYMES y en sectores en los que la producción se ha paralizado de manera inmediata como son el turismo y restauración. ¿Quién se apunta al ERTE?

¿Cómo afecta un ERTE a los trabajadores?

El trabajador que en estos días ha sido afectado por un ERTE no perderá su puesto de trabajo y será reincorporado con carácter inmediato en cuanto el confinamiento y la crisis por el COVID-19 haya trascurrido. El trabajador no tiene derecho a cobrar indemnización por este despido temporal, pero sí percibirá la prestación contributiva por desempleo y ésta será el 70% de su base reguladora en los seis primeros meses, y un 50% en los siguientes (esperemos que no sea necesario llegar a este punto).

Todos los trabajadores afectados por el ERTE tendrán derecho al cobro de la prestación por desempleo aunque no hayan cumplido el período mínimo de cotización para poder percibirlo. Ésta es una de las medidas especiales que ha sido aprobada por el Consejo de Ministros, también el período que se encuentren los trabajadores en desempleo y percibiendo tal prestación no computará como tal. Es decir, si con mi actividad laboral he acumulado un año y tres meses de desempleo y ahora al ser afectado por un ERTE permanezco en el paro durante dos meses, seguiré teniendo el derecho a mi prestación durante un período de un año y tres meses.

Quién se apunta al ERTE

Tampoco el ERTE afectará a las vacaciones de los trabajadores que se generen durante este parón temporal de su trabajo, lo mismo ocurre con las pagas extraordinarias. Los trabajadores la seguirán generando pero en una cuantía proporcional al tiempo de trabajo.
¿Cómo afecta un ERTE a los empresarios?

Sin profundizar en las grandes pérdidas económicas que se encuentran sufriendo los empresarios y pequeños autónomos, debido a la situación actual y la paralización de su actividad profesional, vamos a analizar cómo les afecta a nivel empleador y sus obligaciones con la Seguridad Social. Quién se apunta al ERTE

Los empresarios con plantillas de menos de 50 trabajadores y cuya actividad haya sido afectada por la crisis sanitaria del coronavirus están exonerados de los pagos a la Seguridad Social. Las empresas con más de 50 trabajadores están obligadas a pagar el 25% de las cotizaciones. Para los propios autónomos y trabajadores por cuenta ajena también se encuentran exentos del pago de la cuota de la Seguridad Social durante el período de tiempo que se prolongue el Estado de Alarma. Los autónomos también tendrán derecho al acceso a la prestación por desempleo, durante un mes prorrogable y cobrará el 70% de su base reguladora.

Polémicas ERTE.

Conforme han ido pasando los días de esta cuarentena se han ido generando también diversas controversias entorno al ERTE, existen numerosas empresas en las que han solicitado a la autoridad competente la realización del mismo y ésta se lo ha denegado. Lo que nos hace plantearnos numerosas cuestiones, ¿cómo se ha establecido cuales son las actividades profesionales que sí y cuáles no pueden acreditar que debido a causas de fuerza mayor han paralizado su producción?, ¿están aprovechando algunas empresas el tirón mediático del ERTE para no pagar salarios y cuotas a la Seguridad Social cuando realmente pueden hacer frente a ellas? Quién se apunta al ERTE

Quién se apunta al ERTE

Para que se pueda realizar un ERTE la empresa tiene que acreditar que su actividad se ha reducido en un 70%. Existen grandes empresas como BURGER KING que ya han solicitado un ERTE y éste les ha sido denegado dado que con el reparte de comida a domicilio pueden seguir facturando. Otra de las grandes empresas por excelencia en nuestro país como es INDITEX también se plantea sumarse a la cola del ERTE, es cierto, que la actividad en tiendas se ha paralizado pero la compra online no. ¿Hasta qué punto pueden sumarse a esta iniciativa del ERTE empresas que pueden hacer frente a la paralización de parte de su actividad por un período determinado de tiempo?, ¿se están aprovechando de la situación para dejar de pagar cuotas que nos tocará pagar luego a todos?

Centrémonos ahora en el sector que nos interesa como es el judicial y los juzgados, cuyo funcionamiento se ha quedado limitado a casos de carácter urgente o muy graves. Además, el volumen de notificaciones ha bajado estrepitosamente y se han quedado aplazadas vistas, interrogatorios… hasta nuevo aviso. Tampoco los clientes pueden desplazarse al despacho y éstos permanecerán cerrados el tiempo que dure el confinamiento.

¿Tiene un abogado, por tanto, derecho a solicitar un ERTE y que éste sea aprobado? Su actividad evidentemente se ha reducido a más del 70% pero, sin embargo, como no está dentro de las actividades consideradas de fuerza mayor dado que los juzgados “algo” están trabajando, no podrían realizar un ERTE.

Quién se apunta al ERTE

¿Será quizás esté un punto de partida para que en la Administración de Justicia se desarrollen más tareas online o juicios telemáticos?
Lo que ésta claro de toda esta situación es que a todos nos ha pillado por sorpresa y se están improvisando medidas conforme van surgiendo los problemas. Es tarea casi imposible tener una solución para todo cuando ni siquiera tenemos un protocolo de actuación establecido para casos como este.

España es uno de los países de la Unión Europea que menos ha instaurado el teletrabajo. Ni las propias empresas han desarrollado las herramientas adecuadas para facilitar a sus empleados para que éstos puedan realizar el trabajo desde casa. Creo firmemente que cuando pase esta crisis todas las empresas diseñarán un sistema de teletrabajo sólido y eficaz para situaciones como las que estamos viviendo.

Lola Sánchez Rubio ha escrito Quién se apunta al ERTE

www.javierbeltranabogados.com

Javier Beltrán-Domenech
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