liquidar vivienda familiar

Vivienda e hijos mayores

Si los jueces de Familia de los Juzgados de Primera Instancia aplicaran, directamente, lo que dice el Tribunal Supremo sobre este tema, quizá otro gallo nos cantase. No sólo liberarían de trabajo a las Audiencias Provinciales, sino que darían a los letrados armas contundentes para explicar a sus clientes qué criterios son o no son aplicables como, v. gr., si se aplican las famosas tablas de alimentos, si se puede o no pedir una pensión compensatoria, si se atribuye la vivienda familiara a uno u otro, cuánto tiempo y quién paga qué cosa de dicho inmueble. Sabiendo, así, lo que un juez debe o no aprobar (lo que se llama “seguridad jurídica”) plantear la demanda en tales términos y con hechos objetivos sería cosa hecha.