Derecho Civil

Interrogatorio de la propia parte

Interrogatorio de la propia parte

Suscita cierta duda, y mucha impotencia (máxime viendo las películas de juicios en los EEUU), si se puede interrogar al propio cliente como medio de prueba en un juicio. Especialmente si tu cliente es la parte demandante y en la contestación a la demanda hay cuestiones que deberías aclarar o matizar.

Volar un dron

Volar un dron

El uso del dron se ha popularizado en los últimos tiempos entre grandes y pequeños. Y no es para menos. Los avances tecnológicos, la reducción de precios y la gran variedad de usos hace que haya una gran proliferación por todo el territorio para volar un dron.

No es pais para mediación

No es país para mediación

Es un hecho objetivo que “los españoles” no se ponen de acuerdo en nada. Para muestra, las “autonomías”. Esto es de locos y a nivel legislativo y de idiomas ni les cuento. Aquí no hay quien se sepa si una ley se aplica, o se ha modificado, de lo cambiante que es. Tampoco es un país que cumpla voluntariamente con el fisco, por motivos históricos supongo, ni que acate voluntariamente leyes ni órdenes;

Reparto de Mascotas 2

Reparto de mascotas 2

El Código Civil, art. 90, añade que el convenio regulador deberá contener también cuál será el destino de los animales de compañía teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal, el reparto de los tiempos de convivencia y cuidado si fuere necesario, y las cargas asociadas al cuidado del animal.

testamento ingles o español

Testamento inglés o español

En materia sucesoria las diferencias entre el derecho británico y el derecho español son importantes y el cruce entre ambas materias da lugar a situaciones complejas. El derecho inglés reconoce una amplia libertad para otorgar testamento y no existe la legítima (respetadísima en el derecho español). Su ley no obliga a que parte del patrimonio del causante sea para sus herederos legales. La libertad de testar para los británicos solo está limitada en los casos en los que el cónyuge o los hijos son excluidos de la herencia y estos son dependientes económicamente del causante.