Vivienda bloqueada

Vivienda bloqueada

El asco legal que continúa tras la sorpresa legislativa que venimos soportando desde 2020 vía “Reales” Decretos Leyes se ha convertido en un profundo hedor. Los que legislan se han cargado el mercado de la vivienda de una forma salvaje. Incapaces de gestionar el derecho constitucional a la vivienda, deciden gravar al particular, al que compró una o más viviendas con esfuerzo y sudor. Pues nada, vivienda bloqueada.

Vivienda bloqueada

Si el inquilino no paga, al Gobierno no le importa la ruina del propietario. Si el dueño decide iniciar demanda de desahucio por falta de pago no corresponde al Estado pagar, sino al propietario soportar el coste de tener al moroso en la casa… gratis…¡Ay del propietario que pague luz y agua por no poder cambiar el recibo…!

La implementación de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, ha marcado un antes y un después en el panorama procesal español, especialmente en lo referido a las demandas relacionadas con la recuperación de posesión de inmuebles. Los requisitos para demandar son tales y tantos que, bien entendido, ya nadie alquilará viviendas de la forma anterior. Y esto se cargará el mercado. Lo peor es que va a más este 2024.

Vivienda bloqueada

La obligación de acreditar si el demandante es o no gran tenedor de vivienda es una salvajada. El artículo 439 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LECiv), modificado por la mencionada Ley de Vivienda, exige que toda demanda que busque la recuperación de la posesión de un inmueble —ya sea por falta de pago, fin del contrato de arrendamiento, cesión en precario, tutela sumaria de la posesión o efectividad de un derecho real inscrito— debe especificar si el demandante es considerado gran tenedor de vivienda, conforme lo define el artículo 3.k) de la Ley 12/2023. De no cumplir con este requisito, la demanda será inadmitida.

Sin embargo, la sorpresa —o mejor dicho, la vergüenza— surge al constatar que, hasta hace poco, el certificado específico que acredita la relación de propiedades del demandante, exigido por la ley, no existía como tal. Este vacío ha obligado a los profesionales del derecho a recurrir a notas simples de localización y propiedad, documentos que, si bien cumplen parcialmente con el objetivo, generan gastos adicionales y no sustituyen la certificación específica demandada por la normativa.

Vivienda bloqueada

La situación rozaba lo absurdo: se exigía por ley la presentación de un documento que no se podía obtener, poniendo de manifiesto una desconexión entre la normativa y la realidad administrativa y registral. Este desfase no solo complicaba la labor de los abogados sino que también imponía una carga adicional a aquellos que, cumpliendo con la ley, deseaban ejercer sus derechos en los tribunales.

¿Cómo lo arreglamos? Pues nada, acuden a nuestro rescate los del Cole de Registradores: se habilita la solicitud de la certificación específica a través de su web por precio nada barato. Pues llevo tres días esperando recibir “lo mío”. Luego, eso sí le hablaré con cariño al inquilino para ver si se ha dado de alta o baja en algún partido político o Ayuntamiento (ironía total).

 

Vivienda bloqueada

Este episodio nos recuerda la importancia de asegurar una coherencia entre la legislación y la capacidad de las instituciones para implementarla efectivamente. La vergüenza de tener que navegar por este laberinto burocrático para cumplir con un requisito legal es un claro ejemplo de cómo las mejores intenciones legislativas pueden verse frustradas por la falta de previsión o coordinación.

En Javier Beltrán Abogados comprendemos las complejidades que este tipo de situaciones puede acarrear. Nuestra experiencia y conocimiento en Derecho Procesal y Civil nos permiten guiar a nuestros clientes a través de estos laberintos legales y administrativos, ofreciendo soluciones eficaces a sus casos.

Si enfrenta dificultades relacionadas con la Ley por el derecho a la vivienda o cualquier otro desafío legal, le invitamos a contactarnos. Podemos encontrar una solución para su caso, pidiendo cita previa, presencial, telefónica, o por videoconferencia en el teléfono 966171294 o enviando un mensaje al Whatsapp 628425987.

#LeyDerechoVivienda #GranTenedorVivienda #CertificaciónRegistral #DemandaInmobiliaria #JavierBeltranAbogados #DespachodeAbogadosAlicante #BufetedeAbogadosAlicante #DerechoCivilAlicante #AbogadodeFamiliaAlicante #AbogadoDivorcioAlicante #AbogadoHerenciasAlicante #AbogadoContratosAlicante #MejorAbogadoAlicante #AbogadoInmobiliariaAlicante

Javier Beltrán-Domenech
¡Gracias por seguirnos! En 2023 cumplimos 28 años y tras miles de asuntos judiciales a nuestras espaldas, sabemos que es imprescindible tener a su lado un buen abogado que le guíe por el complejo mundo judicial. Si nos necesita o conoce a alguien que nos necesite no dude en llamarnos al T 966171294 ó 628425987. Estaremos encantados de atenderles de forma presencial, por teléfono o videoconferencia.

Deje su comentario

Your email address will not be published.

Compártalo en...

...o copie el enlace y péguelo donde quiera.

Copiar
CONTACT US
221, Mount Olimpus, Rheasilvia, Mars,
Solar System, Milky Way Galaxy
+1 (999) 999-99-99
PGlmcmFtZSBzcmM9Imh0dHBzOi8vd3d3Lmdvb2dsZS5jb20vbWFwcy9lbWJlZD9wYj0hMW0xOCExbTEyITFtMyExZDYwNDQuMjc1NjM3NDU2ODA1ITJkLTczLjk4MzQ2MzY4MzI1MjA0ITNkNDAuNzU4OTkzNDExNDc4NTMhMm0zITFmMCEyZjAhM2YwITNtMiExaTEwMjQhMmk3NjghNGYxMy4xITNtMyExbTIhMXMweDAlM0EweDU1MTk0ZWM1YTFhZTA3MmUhMnNUaW1lcytTcXVhcmUhNWUwITNtMiExc2VuITJzITR2MTM5MjkwMTMxODQ2MSIgd2lkdGg9IjEwMCUiIGhlaWdodD0iMTAwJSIgZnJhbWVib3JkZXI9IjAiIHN0eWxlPSJib3JkZXI6MCI+PC9pZnJhbWU+
Thank You. We will contact you as soon as possible.
SOLICITE CITA PREVIA ONLINE
...o a través del teléfono 966 17 12 94
Enviando el formulario acepta nuestra LOPD.