Expulsión inmediata

La violencia gratuita y salvaje, sin sentido alguno, de algunos inmigrantes no integrados en ciudades como Madrid, Murcia o Almería ha generado una profunda alarma social. Violencia de inmigrantes y respuesta legal: urgencia de reformas en el control y expulsión de extranjeros reincidentes. Expulsión inmediata.

Expulsión inmediata

Esto no tiene ni debería tener para nadie ideología política. Debe ser pura acción-reacción. No se trata de prejuicios ni de simples percepciones vecinales. Mucho menos de derecha o izquierda, que es a lo que nos llevan a pensar a todos para dividirnos. Los hechos son innegables: agresiones físicas en grupo, ataques a ancianos grabados en vídeo, peleas callejeras constantes y casos reiterados de agresiones sexuales perpetradas por menores extranjeros no acompañados o adultos jóvenes sin arraigo ni actividad laboral con una cultura y educación muy muy diferente a la del país que les acoge.

Esta situación no solo evidencia un fallo del sistema de acogida, sino también una peligrosa desviación de los principios de seguridad ciudadana y justicia penal. Resulta impropio de una sociedad democrática permitir que individuos que ingresan en territorio español, sin intención alguna de integrarse ni trabajar, mantengan una actitud desafiante hacia el orden público, con una impunidad inadmisible que enarbolan por ser «minoría».

La violencia de inmigrantes como fenómeno jurídico y social

La violencia de inmigrantes, especialmente cuando se vincula a menores no acompañados o a grupos procedentes de entornos no occidentales, plantea un doble problema: la tensión entre el deber de protección de los derechos humanos y la necesidad de preservar la seguridad colectiva. Ambos valores están reconocidos en nuestro marco constitucional y legislativo. Sin embargo, el desequilibrio actual favorece claramente al agresor.

No se puede ignorar que la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social contempla la posibilidad de expulsar del territorio nacional a un extranjero condenado por delitos sancionados con pena privativa de libertad superior a un año. A pesar de ello, los tribunales no siempre aplican esta disposición con firmeza, invocando razones de arraigo o interés del menor.

Tampoco debe olvidarse que el Código Penal prevé la sustitución de penas privativas de libertad impuestas a extranjeros no residentes legalmente en España por su expulsión del país, salvo en casos de delitos de especial gravedad. Esta facultad, lejos de aplicarse sistemáticamente, se convierte en una opción secundaria, cuando debería ser el recurso prioritario ante infracciones reiteradas.

Expulsión inmediata y control migratorio: medidas necesarias y viables

La clave no está en impedir toda entrada de extranjeros, sino en establecer filtros eficaces y mecanismos de expulsión inmediata ante actos delictivos a los que no se integren. Da igual su nacionalidad. La violencia de inmigrantes no puede tratarse como una anécdota ni como una desviación individual. Estamos ante una patología sistemática, agravada por la inacción administrativa y judicial.

Resulta inaceptable que menores no acompañados, alojados en centros financiados con fondos públicos, reincidan en delitos sin consecuencia penal efectiva. Tampoco puede admitirse que inmigrantes de culturas muy opuestas a la nuestra, sin trabajo, sin domicilio estable y sin intención de integrarse permanezcan en el país tras cometer delitos graves.

La Ley de Seguridad Ciudadana autoriza a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a actuar para prevenir la comisión de infracciones administrativas o penales, lo que incluye, por supuesto, actuaciones preventivas frente a bandas juveniles extranjeras organizadas. La actuación de la policía, no obstante, choca con el miedo a represalias políticas o mediáticas, lo que limita su eficacia.

Además, es preciso revisar los protocolos de protección de menores extranjeros. La tutela pública no puede ser escudo para la criminalidad. Los centros de acogida deben implementar mecanismos de vigilancia estricta y colaboración directa con jueces de menores y fiscalías especializadas.

Reforma legal y voluntad política: un reto inaplazable

Ante la gravedad de los hechos, es legítimo y necesario preguntarse si el marco normativo actual está siendo bien aplicado. La violencia de inmigrantes exige una revisión urgente del régimen sancionador en materia de extranjería, una mejor coordinación entre juzgados y Delegaciones del Gobierno, y sobre todo, una actuación política decidida y valiente.

No se trata de criminalizar la inmigración, sino de exigir responsabilidades y actuar con firmeza frente a quienes abusan del sistema. Si un español comete un delito, responde ante la ley. Si lo comete un extranjero en situación irregular, debe ser expulsado de forma inmediata, en cumplimiento de la legislación vigente.

Tolerancia cero ante la violencia de inmigrantes

España no puede convertirse en refugio de la impunidad. La violencia de inmigrantes no es un fenómeno menor, ni una ficción alimentada por el discurso político. Es una realidad que golpea a barrios humildes, a ciudadanos vulnerables, a trabajadores que cumplen la ley y pagan impuestos.

El derecho debe responder con celeridad, eficacia y proporcionalidad. Quien venga a trabajar y a integrarse, debe ser acogido. Quien venga a delinquir o despreciar nuestras normas, debe ser expulsado. Como escribió Cicerón: «La seguridad del pueblo es la suprema ley». Y esta máxima no puede quedar sepultada por la corrección política.

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Javier Beltrán-Domenech
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