Enriquecimiento injusto en parejas no casadas

La indemnización por enriquecimiento injusto en parejas no casadas es un tema que ha generado mucha controversia en el ámbito jurídico. La ausencia de una normativa clara a nivel estatal y la falta de regulación en las Comunidades Autónomas han provocado una dispersión normativa y decisiones judiciales inconsistentes.

Enriquecimiento Injusto en Parejas No Casadas

El Tribunal Supremo ha tratado de esclarecer este complejo asunto. La Sentencia n.º 17/2018, emitida el 15 de enero de 2018, aborda la ruptura de una pareja de hecho y las medidas solicitadas por la demandante, similares a las incluidas en cualquier convenio regulador según el artículo 90 del Código Civil.  Medidas Solicitadas por la Demandante:

– Patria potestad sobre hijos menores.
– Régimen de custodia.
– Atribución de uso de la vivienda familiar.
– Establecimiento de una pensión alimenticia.
– Distribución de los gastos comunes.
– Pensión compensatoria en caso de pérdida de empleo.

El Enriquecimiento Injusto en Parejas No Casadas

Una cuestión central es si una persona no casada puede exigir una pensión compensatoria. Según el artículo 97 del Código Civil, esta pensión está destinada exclusivamente a los cónyuges. No obstante, las parejas no casadas pueden acordar compensaciones en el momento de su unión o separación.

Requisitos para la Pensión Compensatoria:
– Desigualdad económica en la pareja tras la separación.
– Empeoramiento de la situación económica de uno de los miembros en relación con la posición anterior al matrimonio.

Análisis del Tribunal Supremo

En el caso mencionado, el Tribunal de Primera Instancia concedió una pensión compensatoria a la demandante, pero el demandado apeló, argumentando la inaplicabilidad de los artículos 97 y 1438 del Código Civil a parejas no casadas. El Tribunal Supremo, en concordancia con sentencias anteriores, reafirmó que la regulación económica matrimonial no es aplicable a parejas de hecho.

– Derecho al Libre Desarrollo de la Personalidad:
– El artículo 10.1 de la Constitución protege este derecho, lo que impide la aplicación de normas matrimoniales a parejas no casadas.

Compensación por Enriquecimiento Injusto

Aunque no se pueden aplicar normas matrimoniales a parejas no casadas, estas sí pueden reclamar una compensación por enriquecimiento injusto si se cumplen ciertos requisitos. El Tribunal Constitucional, en su Sentencia n.º 93/2013, afirmó que las normas generales de responsabilidad por enriquecimiento injusto son aplicables en estos casos.

Condiciones para el Enriquecimiento Injusto:

– Dedicación exclusiva de uno de los miembros a la atención familiar.
– Empobrecimiento del miembro dedicado al hogar sin justificación legal.

En la Sentencia n.º 17/2018, el Tribunal Supremo anuló la pensión compensatoria porque la demandante no había demostrado un empobrecimiento ni la pérdida de beneficios económicos.

La Indemnización tras la Ruptura de Parejas No Casadas

En resumen, las parejas no casadas no tienen derecho automático a una pensión o indemnización, salvo que lo hayan pactado previamente. Si no existe tal pacto, solo podrán reclamar una indemnización cuando se pruebe un enriquecimiento injusto. En nuestro despacho, podemos ayudarle a encontrar una solución adecuada a su caso.

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Javier Beltrán-Domenech
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