La figura del contador-partidor se ha convertido en una pieza clave dentro del Derecho sucesorio actual. En una sociedad cada vez más fragmentada, donde los acuerdos familiares son más difíciles de alcanzar, el papel de este profesional garantiza el reparto justo del caudal hereditario y evita costosos y largos enfrentamientos judiciales.
El contador-partidor
Javier Beltrán-Domenech (LinkedIn) es abogado especializado en Derecho Procesal y Derecho Civil. Javier Beltrán Abogados Alicante.
Son muchas las familias que, tras el fallecimiento de un ser querido, terminan enfrentadas en juzgados, no por afecto, sino por patrimonio. Aquí es donde el contador-partidor cobra una especial relevancia.
¿Por qué es tan importante el contador-partidor?
El contador-partidor, designado por el testador o por vía judicial, tiene una función específica y esencial: realizar la partición de la herencia. Esta tarea no puede subestimarse, ya que no se trata únicamente de repartir bienes, sino de aplicar correctamente la voluntad del causante respetando los límites legales, especialmente los derechos de los legitimarios.
A diferencia del albacea, cuya función se centra en ejecutar disposiciones testamentarias, el contador-partidor es un técnico que actúa con independencia, objetividad y respaldo jurídico. En la práctica, su intervención evita que los herederos se vean obligados a negociar entre sí en situaciones emocionalmente complejas y, a menudo, tensas.
El contador-partidor y su nombramiento
Existen tres tipos principales de contador-partidor:
1. Testamentario, designado por el propio testador en su testamento.
2. Dativo, nombrado por el Letrado de la Administración de Justicia o Notario a solicitud de herederos con al menos el 50 % del haber hereditario, cuando no hay acuerdo.
3. Judicial, previsto en procedimientos de división de herencia conforme al artículo 782 y siguientes de la LEC.
Cualquiera de ellos, una vez aceptado el cargo, debe realizar su cometido conforme a Derecho, con diligencia y dentro del plazo legal o establecido por el testador. En todos los casos, la clave está en contar con un contador-partidor experto, preferiblemente jurista con experiencia, capaz de interpretar disposiciones testamentarias y llevar a cabo operaciones complejas de forma equitativa y fundamentada.

Facultades del contador-partidor: técnica y prudencia jurídica
El contador-partidor goza de amplias facultades para practicar la partición, siempre bajo el principio de equidad y respeto a las legítimas. Está facultado para:
• Interpretar el testamento si fuera necesario.
• Valorar los bienes del caudal relicto.
• Confeccionar los lotes o adjudicaciones conforme al artículo 1061 del Código Civil.
• Adjudicar bienes indivisibles, conforme al artículo 1062 CC.
• Realizar inventario cuando hay menores o incapaces (art. 1057.3 CC).
• En ocasiones, entregar legados sin necesidad de aprobación judicial, si se cumplen los requisitos legales.
Las decisiones del contador-partidor presumen buena fe, salvo prueba en contrario. No se exige sujeción a una forma solemne, salvo que haya bienes inscritos en el Registro de la Propiedad, en cuyo caso deberá otorgarse escritura pública o protocolizarse acta notarial.
El valor del profesional experto en la práctica sucesoria
El mayor valor de esta figura no está solo en su existencia jurídica, sino en la calidad técnica de su trabajo. La experiencia ha demostrado que muchos conflictos entre herederos se agravan por errores de forma o fondo en la partición. Un contador-partidor sin formación suficiente puede agravar el problema que debía solucionar.
Por ello, cada vez más testadores optan por designar directamente un contador-partidor profesional y externo, incluso en familias con aparente buena relación, como mecanismo de prevención de conflictos. Su neutralidad y conocimientos permiten cerrar los procesos hereditarios con rapidez, sin enfrentamientos y con garantías.
Además, es frecuente que este profesional trabaje en colaboración con economistas y peritos. Su función no es únicamente repartir, sino también valorar, coordinar y resolver los posibles desequilibrios, aplicando la normativa vigente, las disposiciones testamentarias y la doctrina jurisprudencial.
¿Qué pasa si se impugna la partición realizada?
Aunque el contador-partidor actúe conforme a sus facultades, puede haber oposición. En ese caso, el procedimiento sigue los cauces del juicio verbal ante el Juzgado, conforme a los artículos 786 y 787 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Si no se alcanza acuerdo, el tribunal resolverá sin que exista cosa juzgada, lo que permite instar un procedimiento ordinario posterior. Sin embargo, contar con un contador-partidor con sólida formación procesal y civil reduce exponencialmente la posibilidad de impugnaciones exitosas. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reiterado que los errores no sustanciales o de buena fe no invalidan la partición.
Evitar juicios entre herederos empieza con una buena partición
El refrán popular reza que «el muerto al hoyo y el vivo al bollo», reflejando crudamente cómo muchas herencias provocan disputas entre quienes deberían honrar la memoria del causante. El contador-partidor, cuando es competente y actúa con rigor, se convierte en el mejor instrumento jurídico para preservar la paz familiar. Evita que el patrimonio heredado termine dilapidado en litigios, que el afecto se convierta en resentimiento, y que los tribunales suplan la voluntad del causante por falta de previsión.
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