La aceptación de la herencia es un acto jurídico clave en el Derecho sucesorio español. Al aceptar una herencia, el heredero adquiere tanto los bienes como las posibles deudas del fallecido, lo que puede tener importantes implicaciones legales y económicas.
Aceptación de la herencia
Por Javier Beltrán-Domenech
Existen distintas formas de aceptación de herencia: expresa o tácita, y puede realizarse pura y simplemente o a beneficio de inventario. Cada modalidad tiene consecuencias distintas, por lo que es fundamental conocerlas antes de tomar una decisión.
En este artículo explicamos los tipos de aceptación, los riesgos que conlleva y los requisitos legales y registrales necesarios para formalizarla.
1. Tipos de aceptación de herencia: expresa y tácita
1.1. Aceptación expresa: cuándo es obligatoria
La aceptación expresa se realiza de forma directa mediante documento público o privado (art. 999 Código Civil). Sin embargo, si se quieren inscribir bienes en el Registro de la Propiedad, se necesita cumplir con los requisitos de la Ley Hipotecaria.
¿Cuándo no es necesario acudir al notario?
Existen casos en los que no se exige escritura pública:
Si hay un heredero único y no existen legitimarios ni personas con derecho a adjudicar la herencia (art. 14.3 LH).
Cuando no hay terceros interesados en la herencia, permitiéndose la inscripción en el Registro sin escritura (art. 79 RH).
1.2. Aceptación de la herencia tácita: ¿cuándo se considera que has aceptado la herencia?
Se considera que un heredero ha aceptado la herencia de forma tácita cuando realiza actos concluyentes que demuestran su voluntad de aceptar, aunque no lo haga expresamente.
El artículo 1000 del Código Civil establece que se entiende aceptada la herencia cuando el heredero:
Dispone del derecho hereditario mediante venta, donación o cesión a un tercero.
Renuncia en favor de otro heredero sin recibir compensación económica.
Ejecuta acciones jurídicas en nombre de la herencia, como reclamar derechos hereditarios o participar en la partición de bienes.
Aceptación de la herencia
El Tribunal Supremo (TS) y la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP) han emitido resoluciones en las que se interpreta qué actos implican aceptación:
TS 733/2014 (29 de abril de 2015): Oponerse a una demanda presentada por un heredero preterido supone aceptación tácita.
SAP Toledo 348/2016 (16 de junio de 2016): Inscribir un bien heredado en el Catastro es un acto concluyente de aceptación.
Resolución DGSJFP 28 de mayo de 2024: Para aceptar una herencia, incluso en instancias privadas, se debe declarar la posible contaminación del suelo heredado.
2. ¿Qué pasa si heredas deudas? Implicaciones patrimoniales
2.1. Aceptación pura y simple: riesgos y consecuencias
Si aceptas una herencia pura y simplemente, asumes también las deudas del fallecido (art. 1003 CC). Esto significa que podrías responder con tu propio patrimonio, lo que puede ser peligroso si desconoces el estado financiero del causante.
Riesgos de aceptar sin beneficio de inventario:
✅ Accedes de inmediato a los bienes.
❌ Respondes con tus bienes personales por las deudas.
❌ No puedes retractarte una vez aceptada.
2.2. Aceptación a beneficio de inventario: la opción más segura
Para evitar sorpresas, el beneficio de inventario permite aceptar la herencia sin comprometer tu patrimonio personal (art. 1023 CC). En este caso, solo responderás con los bienes heredados, sin que tus bienes personales se vean afectados.
Claves para aceptar a beneficio de inventario:
Debe solicitarse expresamente ante notario o tribunal.
Debe realizarse dentro de los plazos establecidos por la ley.
Se elabora un inventario de bienes y deudas antes de aceptar.
3. Requisitos registrales para formalizar la aceptación
3.1. Escritura pública y Registro de la Propiedad
Para inscribir los bienes heredados, el artículo 3 de la Ley Hipotecaria exige documentación pública, es decir, escritura notarial o sentencia judicial.
Casos excepcionales
Resolución DGSJFP 26 de julio de 2019: Un testamento por sí solo no es suficiente para inscribir bienes en el Registro.
Resolución DGSJFP 10 de junio de 2020: Si el heredero se subroga en un contrato de arrendamiento, se considera aceptación tácita.
3.2. ¿Es obligatorio declarar si los bienes heredados están contaminados?
Desde la entrada en vigor de la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados, los herederos deben manifestar si los bienes heredados han sido objeto de actividades contaminantes (art. 98). Esta declaración es obligatoria para inscribir terrenos en el Registro de la Propiedad.
4. Conclusión: ¿cómo aceptar una herencia sin riesgos?
La aceptación de herencia es un acto irreversible con consecuencias patrimoniales y legales importantes. Para evitar problemas, te recomendamos:
Analizar si existen deudas antes de aceptar la herencia.
Valorar la opción de aceptar a beneficio de inventario para proteger tu patrimonio.
Consultar con un abogado especializado en Derecho sucesorio para garantizar una correcta inscripción registral.
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