Aceptar o rechazar una herencia puede paralizarse muchos años, así que cuando le llega un requerimiento notarial (artículo 1005 del Código Civil), lo que Ud decida hacer o no hacer trae consecuencias legales importantes. El notario puede interpelar al heredero para que decida si acepta la herencia o la repudia. Si guarda silencio durante 30 días naturales, la ley presume que acepta la herencia pura y simplemente.
Acepta la herencia

Por Javier Beltrán-Domenech (Perfil LinkedIn) es abogado especializado en Derecho Procesal y Derecho Civil. Javier Beltrán Abogados Alicante.
Esta situación puede generar riesgos si hay deudas.Conocer este procedimiento es esencial para proteg er su patrimonio. Veamos cómo funciona, quién puede iniciarlo y qué hacer si recibe una interpelación para que acepte la herencia.
¿Qué significa que le «interpelan» para que acepte la herencia?
Tras la entrada en vigor de la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria, la interpelación hereditaria pasó a ser competencia del notario. Esto significa que ya no se necesita un proceso judicial. Cualquier interesado con un derecho legítimo puede acudir al notario para que requiera al heredero a pronunciarse.
El requerimiento se realiza mediante un acta notarial, en la que se le informa de que dispone de 30 días naturales para manifestar si acepta la herencia o la repudia. Si no contesta en ese plazo, se entenderá que acepta la herencia pura y simplemente, sin posibilidad de beneficiarse del inventario. Por tanto, acepta la herencia con todas sus cargas, incluso las deudas del fallecido.
¿Quién puede solicitar esta interpelación notarial?
La solicitud puede hacerla:
• Un heredero (incluido el sustituto o condicional).
• Un legatario.
• Un legitimario, si además es heredero.
• Un albacea o contador-partidor.
• Un acreedor del causante.
El único requisito es demostrar interés legítimo en que el heredero se pronuncie. Esta herramienta es muy útil cuando uno de los llamados bloquea la herencia por no decidirse.
¿A quién se puede interpelar?
Solo puede interpelarse a quien esté llamado como heredero, es decir, con título hereditario. Los legatarios y legitimarios no pueden ser requeridos a menos que sean herederos.
Si Ud. ha recibido una interpelación notarial, es porque otra persona con interés legítimo quiere saber si acepta la herencia o la repudia. De su respuesta dependerá cómo se continúa con el proceso sucesorio.
¿Qué documentos se requieren para iniciar la interpelación?
El notario solicitará documentos que acrediten el fallecimiento del causante y el llamamiento a heredar:
• Certificado de defunción.
• Certificado del Registro de Últimas Voluntades.
• Testamento o declaración de herederos abintestato.
Además, se recomienda indicar el domicilio del heredero para facilitar la notificación.
¿Qué sucede si no contesta en 30 días?
Si Ud. guarda silencio, se considera que acepta la herencia pura y simplemente. Esta aceptación tiene dos consecuencias importantes:
1. Se hace cargo del patrimonio y también de las deudas del causante, si las hubiera.
2. No podrá acogerse al beneficio de inventario, que es la opción legal para limitar su responsabilidad a lo que reciba.
Esta presunción no admite prueba en contrario. Solo en caso de fuerza mayor o incapacidad probada podría evitarse.
¿Qué puede hacer si no desea asumir deudas?
Si no está seguro de si la herencia tiene más deudas que bienes, lo recomendable es no dejar pasar el plazo. Puede acudir al notario y aceptar la herencia a beneficio de inventario. Esta fórmula le permite responder solo hasta donde alcance el valor de los bienes heredados.
En cambio, si rechaza la herencia mediante una repudiación formal, no se verá afectado por las deudas ni será considerado heredero.
¿Puede elegir notario o tiene que ser uno concreto?
El interesado en iniciar la interpelación puede acudir a cualquier notario competente. Sin embargo, la notificación debe practicarla un notario del domicilio del heredero. Es importante tener esto en cuenta para que el procedimiento sea válido.
Una solución práctica para desbloquear herencias
La interpelación hereditaria es una herramienta eficaz para evitar la parálisis en las particiones. Si un coheredero no responde o demora la decisión, el requerimiento notarial obliga a que se pronuncie. Así, los demás herederos pueden avanzar sin quedar atrapados en bloqueos.
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