Un letrado firma un recurso de apelación, lo presenta y dentro viajan cuatro sentencias inventadas. Resoluciones que ningún tribunal ha dictado jamás, con su número, su fecha y su doctrina imaginaria. La Audiencia Provincial de Oviedo las buscó una por una en el CENDOJ, no encontró ninguna y abrió una pieza separada para sancionar al abogado. La noticia ha corrido esta semana por los despachos españoles. No es la primera y me temo que tampoco será la última.
Sentencias inventadas
Javier Beltrán-Domenech es abogado especializado en Derecho Procesal y Derecho Civil. Javier Beltrán Abogados Alicante.
Se trata de la sentencia 311/2026, de 17 de julio, de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, dictada en un recurso penal por quebrantamiento de condena. El escrito citaba dos resoluciones de audiencias asturianas y dos del Tribunal Supremo. Ninguna decía lo que el recurso afirmaba y ninguna trataba del delito discutido.
Sentencias inventadas: el algoritmo redacta y nadie lo comprueba
El tribunal no se limitó a rechazar el argumento. Abrió pieza separada, concedió cinco días de alegaciones al letrado y dejó escrito que fiar el tenor del recurso a lo que propuso el algoritmo, sin constatar la existencia real de lo mencionado, no se adecúa a un actuar diligente.
En mi despacho llevamos meses viéndolo venir. La inteligencia artificial generativa escribe con una seguridad admirable, también cuando miente. Devuelve números de resolución verosímiles, fechas plausibles y párrafos entrecomillados con aire de Sala Primera. Lo único que falta es que existan.
Mala fe procesal: la multa del artículo 247 de la LEC
El artículo 247 de la Ley de Enjuiciamiento Civil obliga a todos los intervinientes a ajustarse a las reglas de la buena fe. Su apartado tercero permite imponer una multa de 180 a 6.000 euros, sin que pueda superar la tercera parte de la cuantía del litigio.
El apartado cuarto añade lo que de verdad inquieta al profesional. El tribunal comunicará el hecho al colegio de abogados por si procede una sanción disciplinaria. La multa se paga una vez; el expediente deontológico deja rastro durante años.
Conviene dejar claro que no hablamos de una rareza asturiana. En 2024 el Tribunal Constitucional apercibió, al amparo del artículo 553.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a un abogado que había incluido en una demanda de amparo diecinueve citas de doctrina inexistentes, entrecomilladas como si fueran auténticas, y dio traslado al Colegio de Abogados de Barcelona. Este verano, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias multó con 840 euros a un letrado por invocar al menos veinticinco resoluciones apócrifas. Las sentencias inventadas van camino de convertirse en un género literario propio.
Quien más pierde con las sentencias inventadas es el cliente
Aquí está lo que casi nadie explica. La multa la paga el abogado, pero el daño lo soporta quien confió el asunto y pagó la minuta. Un escrito con sentencias inventadas contamina todo lo demás. El tribunal que descubre una cita falsa lee el resto con desconfianza, y los argumentos verdaderos pierden la fuerza que merecían. Nadie recupera esa credibilidad a mitad del recurso.
A ello se suma un detalle práctico y desagradable. El incidente sancionador consume tiempo, atención y honorarios que deberían haberse empleado en el fondo del asunto. Nadie contrata a un abogado para terminar discutiendo si sus citas existen.
Lo grave es que el procedimiento sigue su curso. El recurso se resuelve, la instancia se agota y el plazo no vuelve. Después cabrá reclamar la responsabilidad civil del letrado y acudir a su seguro, o presentar queja ante el colegio, pero ninguna de esas vías devuelve una apelación perdida.
Piense en un supuesto hipotético, aunque reconocible: una modificación de medidas sobre la custodia de un hijo, resuelta en segunda instancia, con un escrito sostenido sobre jurisprudencia falsa. La reclamación posterior podrá compensar dinero. El curso escolar del menor ya habrá pasado.
Cómo comprobar en cinco minutos si una cita existe
No hace falta ser jurista. El buscador de jurisprudencia del CENDOJ es público y gratuito. Pida el órgano, la fecha, el número de resolución y el identificador ECLI o ROJ de cada sentencia que su escrito invoque, y búsquelo. Si no aparece nada, pregunte. Compruebe además que la sentencia dice lo que el escrito afirma. Las sentencias inventadas más peligrosas no son las que no existen, sino las que existen y resuelven justamente lo contrario de lo que se les atribuye.
Y no confunda abundancia con solvencia. Un escrito con veinte citas y ninguna identificada suele valer menos que otro con dos bien elegidas y transcritas con honradez. La cantidad de jurisprudencia nunca ha ganado un pleito por sí sola.
La herramienta no es el problema; la falta de control, sí
No soy enemigo de la tecnología, que ahorra horas de trabajo mecánico y permite dedicar el tiempo a lo que exige criterio. La Circular 3/2026 del Consejo General de la Abogacía Española, aprobada en abril de este año, lo resume bien: la inteligencia artificial cumple una función auxiliar y queda sujeta a supervisión humana. El error del sistema no exonera a nadie, porque la responsabilidad nace de la falta de verificación.
Los tribunales españoles ya han fijado el criterio con claridad suficiente. Quien presenta sentencias inventadas no alega un error informático ajeno: responde de una omisión propia, la de no abrir el buscador y mirar.
La experiencia me ha enseñado que las herramientas cambian y los deberes permanecen. Antes se copiaban formularios ajenos sin leerlos; ahora se copia un texto que ninguna mano humana ha escrito. El vicio es idéntico: firmar lo que no se ha comprobado. La firma de un abogado no es un adorno al pie del papel. Compromete su nombre, su responsabilidad y el asunto de otra persona. Las sentencias inventadas no son un accidente informático: son la consecuencia de firmar sin leer. Y eso, en Derecho, siempre ha tenido un precio.
En nuestro Despacho llevamos dedicados más de 30 años al derecho civil. Posiblemente, podamos encontrar una solución para su caso. Pueden consultarnos pidiendo cita previa, presencial, telefónica y por videoconferencia de una o media hora en el teléfono 966171294 o enviando un mensaje por WhatsApp al 628425987.
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