Renta Vitalicia y nuevas demandas

Renta Vitalicia y nuevas demandas

Renta Vitalicia y nuevas demandas

Renta Vitalicia y nuevas demandas. Para la mayoría de las familias, planificar y asegurar su bienestar económico en el futuro es una necesidad. Sobre todo debido a la preocupación que existe en la actualidad por complementar las escasas pensiones públicas de jubilación, que son a todas luces insuficientes para mantener el nivel de vida de sus titulares. Para cubrir esta “necesidad” las entidades financieras y aseguradoras han estado promoviendo los denominados seguros de renta vitalicia.

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María Martín Robles

Los seguros de rentas vitalicias son una modalidad de los seguros de vida-ahorro en la que una entidad aseguradora, a cambio de una prima única, habitualmente elevada, garantiza al asegurado una renta periódica, (mensual, trimestral) hasta su fallecimiento. Además, esa renta que pagará la aseguradora incluye el pago de un interés “supuestamente” atractivo. Las aseguradoras especializadas en la vida son las entidades que comercializan este tipo de rentas. En la actualidad hay más de dos millones de personas que cuentan con un seguro de este tipo en España.

La renta vitalicia que podrá obtener el asegurado dependerá primordialmente de su edad, su sexo y la esperanza de vida, es decir, cuanto más edad tenga el asegurado y menor esperanza de vida más beneficios obtendrá, pues supone una mayor rentabilidad para la entidad aseguradora. Principalmente, existen dos modalidades de este tipo de seguros:

De Renta inmediata: En el cual el beneficiario empieza a cobrar con carácter inmediato a la contratación del seguro. Este es el seguro de rentas vitalicia más tradicional.

De Renta diferida: En este caso, el beneficiario empieza a cobrar a partir de una fecha futura determinada.

Es decir, con esta opción, el asegurado puede suscribir el seguro hoy, y puede empezar a cobrar la renta cuando se jubile. En ambos tipos de seguros la duración del mismo irá desde la fecha de efecto del seguro hasta el momento del fallecimiento del asegurado.

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Pero, ¿son realmente una inversión segura y fiscalmente beneficiosa para los ciudadanos o se trata de otro producto turbio cuyas consecuencias volveremos a sufrir? ¿Cuál es la realidad de los seguros de rentas vitalicias?

Hasta mediados del año 2017, gobierno y entidades aseguradoras y financieras estaban de acuerdo en promover entre los ciudadanos de edad avanzada la contratación de seguros de rentas vitalicias, proclamando tanto en prensa escrita como en televisión su atractiva fiscalidad para el asegurado, su cónyuge y sus herederos en caso de fallecimiento. Pero a finales del mencionado año, una vez más se ha producido el estallido de la “burbuja”, y al gobierno no le ha quedado más remedio que advertir a los clientes de seguros de ahorros a largo plazo, especialmente las rentas vitalicias, que con la subida de los tipos de interés que se prevé no está claro que recuperen todo el dinero invertido.

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Ante este escenario, desde el gobierno se pidió a las compañías que “desde ahora” fueran sumamente rigurosas y transparentes cuando comercializasen estas primas y advirtiesen de todas las posibles consecuencias a sus futuros clientes. Pero ¿qué pasa con los clientes que ya tenían contratado un seguro de renta vitalicia? Un poco tarde para los más de 2 millones de españoles que habían contratado estos productos y que van a ver su inversión significativamente reducida… Nuevas demandas.

Da la impresión, después de lo vivido estos años con las entidades bancarias y la crisis financiera, de que esto no es más que otra “treta” del Ejecutivo para curarse en salud ante posibles escándalos financieros en un futuro no muy lejano. Cuando suban los tipos de interés, muchos clientes se van a encontrar insatisfechos y se volverán a sentir engañados, pues cuando vayan a rescatar su producto de ahorro a largo plazo, su patrimonio habrá sido reducido. De ahí que el Gobierno “ahora” esté solicitando a las entidades que prevean soluciones o alternativas, entre ellas compensaciones, para resarcir a los clientes afectados, y evitar así un nuevo escándalo como las ya de sobra conocidas “cláusulas suelo”, las cuales tienen colapsados los Juzgados de Primera Instancia y las Audiencias Provinciales del país.

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Las estimaciones apuntan a que en 2019 o 2020 los tipos comenzaran a escalar, tras varios años en tasas negativas, una vez que el Banco Central Europeo comience a dar marcha atrás en su política de estímulos al crecimiento económico.

Según datos de ICEA (Investigación Cooperativa entre Entidades Aseguradoras y Fondos de Pensiones), facilitados por la patronal UNESPA (Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras), a cierre de septiembre de 2017 algo más de 2,2 millones de personas tenían contratado una renta vitalicia o temporal con un patrimonio de 86.723 millones. En el último año este importe subió el 3,4%.

Cuando suban las tasas, una parte de los asegurados podría optar por el rescate anticipado de la póliza por la baja rentabilidad ofrecida. Como se realizará a valor de mercado, previsiblemente, estos clientes verán recortada su inversión, sin contar con una penalización.

¿Y qué sucederá entonces? ¿Reclamarán los asegurados a las compañías el dinero que han perdido como consecuencia de la falta de información relativa a la subida de los tipos de interés? ¿Dictará el Gobierno otro Real Decreto para evitar colapsar de nuevo los juzgados y beneficiar a las compañías aseguradoras?

Nuevas demandas, nuevos juzgados de rentas vitalicias…?

Por María Martín Robles www.javierbeltranabogados.com

Javier Beltrán-Domenech
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