Cumplir 18 años no convierte al hijo en propietario, usufructuario ni inquilino de la casa en la que ha crecido. El uso de la vivienda familiar tras la mayoría de edad entra en una fase jurídica distinta con el adjudicatario y con los menores.
Cumplir 18 años no convierte al hijo en propietario, usufructuario ni inquilino de la casa en la que ha crecido. El uso de la vivienda familiar tras la mayoría de edad entra en una fase jurídica distinta con el adjudicatario y con los menores.