El artículo 1005 Código Civil regula una situación muy frecuente en una herencia bloqueada. Un heredero no acepta, no renuncia y tampoco decide. Entonces, cualquier interesado puede acudir al notario para requerirle formalmente.
El artículo 1005 Código Civil regula una situación muy frecuente en una herencia bloqueada. Un heredero no acepta, no renuncia y tampoco decide. Entonces, cualquier interesado puede acudir al notario para requerirle formalmente.
Aceptar o rechazar una herencia puede paralizarse muchos años, así que cuando llega un requerimiento notarial del artículo 1005 del Código Civil, lo que Ud decida hacer o no hacer trae consecuencias legales importantes.