El artículo 1005 Código Civil regula una situación muy frecuente en una herencia bloqueada. Un heredero no acepta, no renuncia y tampoco decide. Entonces, cualquier interesado puede acudir al notario para requerirle formalmente.
El artículo 1005 Código Civil regula una situación muy frecuente en una herencia bloqueada. Un heredero no acepta, no renuncia y tampoco decide. Entonces, cualquier interesado puede acudir al notario para requerirle formalmente.
Aceptar o rechazar una herencia puede paralizarse muchos años, así que cuando llega un requerimiento notarial del artículo 1005 del Código Civil, lo que Ud decida hacer o no hacer trae consecuencias legales importantes.
La figura del contador-partidor se ha convertido en una pieza clave dentro del Derecho sucesorio. En una sociedad cada vez más fragmentada, donde los acuerdos familiares son más difíciles de alcanzar, el papel de este profesional garantiza el reparto justo del caudal hereditario y evita costosos y largos enfrentamientos judiciales.