La reciente Sentencia 339/2024, de 28 de febrero, del Tribunal Supremo, en relación con el impuesto sobre la plusvalía municipal ha supuesto un cambio radical en la gestión de este tributo que tradicionalmente genera odio y rencor. El fallo establece que en una venta sin plusvalía es posible solicitar la devolución de lo abonado por este concepto cuando el terreno no ha experimentado un incremento de valor y si Ud., al vender o transmitir una propiedad, no ha obtenido una ganancia económica. En este caso, el pago de este impuesto podría considerarse indebido.
