El caso de Villantonia

El caso de Villantonia

Tras leer en prensa hace dos días que el Ayuntamiento de San Juan de Alicante “suspende la actividad al restaurante Villa Antonia por las continuas molestias a los vecinos” me ha venido a la cabeza un asunto que llevé hace 15 años: el caso de Villantonia. En realidad, cada año sigo recibiendo consultas pues, al final, fueron más de 15 asuntos que versaban sobre publicidad engañosa. Este escrito no tiene nada que ver con el Ayuntamiento, y menos con el Restaurante, sino con los vecinos que compraron sobre plano a la promotora. Recuerdo a todos y cada uno de los clientes: parejas, solteros y solteras, casados, con hijos o sin hijos…  y cada uno con su propia historia y circunstancias. Casos que no olvida un abogado.

El caso de Villantonia

Por Javier Beltrán-Domenech 

www.javierbeltranabogados.com

Mis clientes “David y Lorena”,  junto a su hijo de 3 años de edad y un bebé en camino, decidieron en 2004 comprar una vivienda sobre plano en la C.P. VILLANTONIA, sita en San Juan de Alicante. El interés en dicha adquisición fue la publicidad que en el mes de Enero de 2004 se exhibía, en forma de maqueta, en las ventanas de las oficinas de la mercantil promotora. Se anunciaba la inmediata promoción de una urbanización compuesta por un entorno ajardinado, único y exclusivo, dotada de piscina y juegos infantiles. El folleto explicitaba, con fotos ilustrativas, que ofrecía “un hogar con historia”: se trataba de la inclusión, en la superficie destinada a jardines de uso común de la finca, del uso y disfrute de jardines y una MANSIÓN DE FINALES DE SIGLO QUE HABÍA SIDO RESTAURADA EN SU TOTALIDAD, QUE FIGURABA EN UN CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS DEL AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN. Tal Casa, y el jardín que la rodeaba, decimonónico y diseñado por D. Heliodoro Guillén, se decía eran restaurados para ser integrados como ZONA PRIVADA Y DE USO EXCLUSIVO PARA EL ESPARCIMIENTO DE LOS VECINOS DE VILLANTONIA. Así figuraba en el cuadernillo publicitario.

El caso de Villantonia

En el momento de decidirse a la compra de esta vivienda en San Juan de Alicante, mis clientes decidieron vender su tranquilo y espacioso chalet precisamente para “venirse” a una zona más poblada y al centro urbano donde trabajaban. El segundo embarazo fue el definitivo motivo de la búsqueda de una vivienda que, en la medida de lo posible, estuviera dotada de jardines, zonas tranquilas y residenciales. Igualmente, se decidieron por una planta baja pues tendría jardín que podrían disfrutar con vistas directas a la Casona señorial restaurada. La publicidad de espacios y jardines comunes, piscina, comunidad con zona de juegos para niños, encajaba perfectamente en su ideal de vida familiar.

Convencidos de la compra, firmaron una reserva en febrero de 2005 y el contrato privado en marzo de 2005 por precio de bastante más de 200 mil euros.

Desde el mes de Febrero de 2005 hasta el mes de noviembre del mismo año, fecha de la entrega de llaves de la vivienda, y salvo para realizar un rápido control de calidad en detalles dentro de la vivienda semanas antes de la firma ante Notario, a mis clientes no se les dejaba entrar a las obras, ni a la urbanización, y recordaban cómo cada semana se paseaban por allí en coche ilusionados del avance de las obras.
Una vez les entregaron las llaves en notaría (recuerden la época del boom inmobiliario y las firmas “a mansalva” en notarías) acudieron inmediatamente a su vivienda el día 7 de Noviembre de 2005.

No podían creer lo que vieron. El caso de Villantonia

El jardín de la vivienda, que eligieron expresamente, había sido cercado por muros de 4 metros de altura, sin ventanas o huecos de ventilación, sobre elevado con valla metálica y alambre, dando el aspecto de muro de “una cárcel” y sumiendo al jardín privado en una especie de triste patio de una cárcel. Al buscar una salida al gigante jardín común, vieron cómo se había elevado otro muro de cemento que, sin siquiera disimulo con bordes o cercos, cercenaba el camino que se dirigía hacia la Casona, eliminando gran parte del jardín publicitado; comprobaron cómo la Casona Señorial, que se ofrecía de forma exclusiva a su comunidad, se había cercado de forma total y absolutamente excluida de los vecinos de la finca.

El caso de Villantonia
El caso de Villantonia

Mis clientes, que ya habían vendido su casa, tuvieron que mudarse obligatoriamente y de nada sirvió llamar, cien veces, a la promotora y pedir explicaciones. Cualquier expectativa de vida tranquila, una vez realizada la ingente tarea de financiación de la compra, cambio de ubicación para su hija pequeña, y mudanza inmediata de toda una casa, iba a ser inútil. Para mayor burla, el mismo sábado día 12 de Noviembre de 2005, ya por la tarde y durante la mudanza, la música que surgía de dicha Casona, destinada ahora a actividad abierta al público cedida por el Ayto. de San Juan, obligó a mis mandantes a tener que cerrar las ventanas de su nueva casa. Luego vinieron los humos y olores de comida de dicho restaurante.

El caso de Villantonia

Mis clientes conocieron que la Casa Señorial, que se publicitó con jardín incluido como zona común, era ahora un salón de celebraciones con jardines y mesas en ellos para más de 80 comensales. Pared con pared de su jardín y dormitorio.

Levantaron acta notarial con fecha 14 de Noviembre de 2005 para dejar patente lo visible de aquella barbaridad. Mis clientes vieron cómo no sólo no tendrían ese lugar de paz y sosiego de jardín y Casona, sino que el restaurante iba a ser lugar de celebraciones nocturnas y diurnas; cenas hasta altas horas de la madrugada durante los meses de buen tiempo que, en Alicante, serán por lo menos siete meses de cada doce. El panorama era tremendo: hipoteca, cambio de lugar de vida a su hija menor, dinero comprado en muebles de medición exacta para esta casa, y ahora, junto a un sinfín de otras causas con las que deben afrontar su vida en dicha vivienda, mi mandante y su esposa, a punto de dar a luz, no podían ponerse a buscar otra vivienda.

El caso de Villantonia

Tras sopesar pros y contras, mis clientes fueron muy valientes y decidieron interponer demanda por pérdida de calidad de vida, por la depreciación que dicha vivienda tenía y por el precio de compra que habían pagado por “un todo” cuando la Mansión y parte importante de los jardines ya no estaba incluida.

Tras desestimarse en primera instancia (recuerdo el disgusto…) recurrimos y la Sentencia n° 276-09, de 17 de julio de 2008, de la Audiencia Provincial de Alicante, Sección Octava, les dio la razón de forma fulminante:

Desde luego, los hechos considerados como probados, expuestos en el primer fundamento de esta resolución, permiten afirmar que la publicidad del Conjunto Residencial no era veraz e inducía claramente a error a los destinatarios. Cierto es que en la publicidad no se decía explícitamente que la casona o mansión fuera a quedar integrada dentro del Complejo para el uso y disfrute exclusivo de los copropietarios. Pero también es cierto que, tal y como se redactó la publicidad, se daba a entender que la casona estaría de un modo u otro accesible a aquéllos. De otro lado, la falta de veracidad es palmaria cuando se indicaba que el jardín decimonónico se integraría en el Conjunto, y la prueba ha determinado que una parte del mismo ha quedado en la finca segregada; falta de veracidad que se ve agravada desde el momento en que, cuando se difundió la publicidad, la vendedora era plenamente consciente de que no iba a poder cumplir con su obligación de integrar el jardín para el esparcimiento únicamente de los vecinos de VILLAANTONIA, ya que, como se relató, y con la finalidad de obtener una mayor edificabilidad, cedió la casona, y parte de los jardines, de modo gratuito, al Ayuntamiento de San Juan.
Con esas premisas, hemos de considerar que se ha producido un auténtico incumplimiento contractual, pues no se ha cumplido íntegramente la obligación asumida en la publicidad, de integrar el jardín en el Conjunto, para su uso exclusivo por parte de los vecinos de la promoción. Cierto es, de otro lado, que la vendedora no es responsable del destino que el titular de la mansión le haya dado a la misma. Pero no menos lo es que el dato de la cesión al Ayuntamiento está completamente omitida en la publicidad, en la que, con reiteración, se fotografía la casona, y los jardines que la circundan, dando a entender, en conjunción con el texto, que en el Conjunto arquitectónico diseñado dicha casona ocuparía también su lugar.

P.S. Imagino, si han llegado hasta aquí, que se habrán dado cuenta de lo que hizo la promotora, ¿verdad?: con el fin de poder levantar más alturas y tener más edificabilidad, cedió la casona y parte de los jardines “de modo gratuito” al Ayuntamiento de San Juan pese a seguir publicitándola… Vaya época del ladrillo…

Muchos más vecinos se unieron al caso de Villantonia, conociendo que mis clientes habían ganado, e iniciamos procedimientos logrando posteriores victorias ante la Audiencia Provincial de Alicante. Pero, como dicen en los libros, esto ya es otra historia…

Javier Beltrán-Domenech
Javier Beltrán-Domenech
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